Los datos a cierre del año 2019 para este sector que es uno de los de mayor empuje económico y generación de empleos formales, documentó en los primeros nueve meses de 2019 una contracción del 4.9% y para este 2020 se corre el riesgo de continuar con desempeños de nulo o incluso decrecimientos en el sector, a menos, de que se apliquen medias contra cíclicas importantes e implementarlas durante los dos primeros trimestres del presente año.
Pero independiente a esto datos, riegos o fluctuaciones de precios, inherentes a la industria, hoy tenemos retos muy importantes, que ponen en riesgo la consideración de este tipo de activos inmobiliarios y por ende la demanda, como una fuente de refugio y de acumulación de riqueza.
Fundamentalmente porque se sabe que la mayor parte del patrimonio de los individuos son los bienes inmuebles, y el hecho, de tener presente una verdadera posibilidad de comenzar a pagar un impuesto a la herencia, podría ser una preocupación más. Este impuesto contempla como base gravable efectivo, cuentas bancarias, acciones, bonos, bienes inmuebles, negocios, equipos, maquinaria, automóviles y/o cualquier otro tipo de propiedad.
Este impuesto a la herencia es un tema viejo en la antigua Roma, en el año 6 a. C., el emperador Augusto estableció La Lex lulia de Vicesima Heredatum con un cobro del 5 por ciento por cada herencia que se tramitaba (Fernández, 1995, pág. 174)
Carcalla emperador romano (211 a 217 d. C.) decidió incrementar la tasa impositiva a una décima parte de la herencia, además suprimió cualquier tipo de exención, los cuales fueron restablecidos por Macrino (217 a 218 d. C.), lo recursos eran destinados al pago de las pensiones de los soldados veteranos (Fernández, 1995, pág. 174).
En economías importas y contemporáneas destaca el tratamiento de Francia e Inglaterra este se aplica desde principios del siglo XIX, con unas tasas tan bajas como: 0.28 y 3.25 por ciento respectivamente (Scheve y Stasavage, 2012).
Posteriormente se integró este impuesto en países como Suecia, Austria, Bélgica, Italia y Países Bajos, Estados Unidos y Nueva Zelanda.
El caso de Francia considera todo el monto o patrimonio, incluso los contenidos en fideicomisos inmobiliarios, los cuales en dicho país tiene un limitado número de beneficios.
La tasa impositiva francesa es del 5% hasta 60% lo que se determina en función del monto y si los herederos son familiares directos o no.
Están exentas las propiedades en terrenos boscosos, rurales, agrícolas y bienes inmuebles de carácter histórico. Creo entender ahora, porque las grandes y productivas campiñas francesas, así como la importancia del cuidado de sus hermosos edificios.
De acuerdo al Worlwide Estate and Inheritance Tax Guide 2016 en Estados Unidos el impuesto es del 18% al 36% considerando fundamentalmente el monto.
El trato preferencial es este país lo reciben las Donatarias, las cuales quedan libres de pago de cualquier impuesto, sin importar el monto, esta organización o fundación caritativa puede estar situado en cualquier parte del mundo.
Ahora es perfectamente entendible la razón por la cual muchos multimillonarios crean fundaciones con fines filantrópicos, radicadas en países diferentes a Estados Unidos.
Se han publicado en algunos periódicos especializados sobre esta posibilidad de implementar este impuesto en México por lo que apegado a la teoría económica podríamos ver dos tipos de implementación: Una que grava el valor neto del patrimonio sucesorio total, descontando las deudas contratadas por el donador, los gastos funerarios, entre otros, sin tomar en cuenta el número de herederos, ni el parentesco que estos tengan con el donatario y sobre este determinar una tasa impositiva, , (Huerta y Sanchez, 2017). Quizá en el mejor de los escenarios esta es función del monto buscando cumplir lo que el ideario colectivo dice – que el que más tiene más paga.
Y el impuesto sobre las participaciones hereditarias (inheritance tax) que grava la parte de dicho patrimonio que fue percibida por cada uno de los herederos en particular, (Huerta y Sanchez, 2017). considerando en ésta líneas de consanguineidad.
Por lo que, en ambos modelos, los patrimonios inmobiliarios serias tasados, la pregunta obligada es ¿Cuál sería la tasa de impuesto? Esto es difícil de predecir, pero puedo indicar como referencia la tasa actual máxima de ISR en México es 35 por ciento, por lo que considerando la paramétrica de los impuestos en México, este impuesto podría ser tasado por monto, y quizás considerar algunas excepciones por parentesco directo.
Sin duda, para no perder la demande de viene inmuebles como refugio e incremento de capital, no solo necesitar un estudio de mercado, una planeación financiera o un administrado de proyectos, además son necesarios mecanismos que les permitan a tu comprador, una alternativa técnicamente viable para proteger e incrementar su patrimonio.
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