Este año planeas vender tu casa? Antes de hacerlo toma nota de cierto beneficio para ti como vendedor, que seguramente será de tu interés: la exención del impuesto sobre la renta por enajenación.
Lilian Ortiz
Este impuesto se da cuando una persona obtiene ingresos por la enajenación de un inmueble, es decir su venta, en este caso específico solo aplica para personas físicas que realizarán la venta de un inmueble de cuál puedan acreditar que es su casa habitación.
De acuerdo con el artículo 93 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, para estar en aptitud de hacer uso de esta exención, es necesario cumplir ciertas condiciones y exhibir algunos documentos para poder acreditarla, siendo estos los siguientes:
– Ser casa habitación del vendedor.
– La exención sólo aplica para un monto máximo de venta por el equivalente a 700 mil UDIS, el cual equivale en promedio a $4’371,840.00 pesos. El excedente de esta cantidad sí causará el pago del impuesto.
– Será aplicable siempre que durante los tres años inmediatos anteriores a la fecha de venta, no hubiere hecho uso el vendedor de esta exención.
Una vez cumplidos los requisitos anteriores se deberá acreditar la exención con alguno de los siguientes documentos, los cuales deberán estar a nombre del vendedor, de su cónyuge o de sus ascendientes o descendientes y que el domicilio consignado en dicha documentación coincida plenamente con el del bien en cuestión, siendo estos los siguientes:
– Credencial de elector.
– Comprobantes fiscales de los pagos efectuados por la prestación de los servicios de energía eléctrica o telefonía fija.
– Estados de cuenta bancarios.
Es importante mencionar que los documentos antes mencionados, en caso de copropiedad, deberán ser exhibidos por cada copropietario, de lo contrario solo aquel que los exhiba podrá hacer uso de la exención siendo el caso que el otro copropietario tendrá que pagar la parte que le corresponde de este impuesto.
Para el caso de no poder acreditar dicha exención es posible reducir el monto a pagar, por medio de las deducciones que contempla la Ley del Impuesto Sobre la Renta.
Toma en cuenta lo importante que es el acudir a un Notario Público para poder tener un cálculo exacto de los impuestos que debas pagar.
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