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El IMSS reconocerá al COVID-19 como enfermedad de trabajo

¿A qué se refiere el concepto de enfermedad de trabajo?

De acuerdo al Diccionario Jurídico de María Laura Valletta “La legislación mexicana la define como todo estado patológico derivado de la acción continuada de una causa que tenga su origen o motivo en el trabajo o en el medio en el que el trabajador se vea obligado a prestar sus servicios, es un concepto empleado, en mayor o menor grado, en la práctica jurídica internacional”.

Esta medida del IMSS (Instituto Mexicano del Seguro Social) de reconocer al COVID-19 como enfermedad de trabajo busca dar certeza y protección a todos los trabajadores que se encuentran laborando en actividades clasificadas como esenciales durante esta cuarentena. El IMSS ha presentado ya los criterios bajo los cuales se calificará como enfermedad de trabajo al COVID-19, lo cual implica la cobertura al 100 % del pago de incapacidades desde el día uno.

Protección a trabajadores esenciales

De igual manera, este mecanismo brindará la protección al salario de los trabajadores que aún están laborando durante este pandemia, con especial enfoque en el sector salud. Los diversos trabajadores que se verían beneficiados de este reconocimiento serían, por mencionar algunos:

Trabajadores esenciales  Trabajadores del sector salud
Empleados de supermercados Médicos generales
Empleados de farmacias Médicos especialistas
Veterinarios Enfermeros
Personal de gasolineras Encargados de laboratorios
Transportistas Asistentes médicos
Personal de aduanas Personal de trabajo social
Personal de CFE Servicio de intendencia

Para aplicar a este beneficio será necesario comprobar el riesgo asociado a la actividad del trabajador, se deberá contar con el resultado positivo de la enfermedad por parte de un laboratorio (público o privado) y deberá ser entrevistado por médicos epidemiólogos especialistas, para responder a un cuestionario de recreación de contactos. Lo anterior con el fin de detectar posibles contagios por exposición y lograr aislar a todos los involucrados.

Niveles de riesgo 

El IMSS determinó que habrá 3 niveles de riesgo identificables: muy alto, alto y medio. Mismos que serán reconocidos a través de la actividad que realiza el trabajador así como por medio de un cuestionario epidemiológico. El factor a analizar será la exposición del empleado durante la pandemia a esta infección, por ejemplo, un enfermero de terapia intensiva en un hospital para el tratamiento del COVID-19 tendrá un riesgo muy alto mientras un periodista que cubre las conferencias diarias en Palacio Nacional podría estar en riesgo medio.

Una muy buena noticia es que el IMSS ha emitido lineamientos para gestionar de manera completamente digital todos los trámites de los derechohabientes que resulten infectados con el nuevo Coronavirus SARS-CoV-2. Con el objetivo de evitar los desplazamientos y contactos, intentando así reducir el número de contagios.

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